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Equipo jurídico coordina una actuación ejecutiva

Ejecución contra el Estado

Seguir la ejecución hasta que el crédito llega al acreedor

Cuando el Tribunal estima la demanda, seguimos la ejecución de la sentencia hasta que la cantidad reconocida llega al acreedor. Vigilamos la supervisión del Comité de Ministros, nos coordinamos con los abogados nacionales para la ejecución y llevamos el asunto a lo largo de todo el procedimiento de control.

Equipo jurídico coordina una actuación ejecutiva

Cómo funciona

Cuatro pasos, y en cada uno sabes qué tienes que aportar y qué hacemos nosotros.

La sentencia europea queda definitiva

Pasados tres meses, si ninguna parte pide la remisión a la Gran Sala, la sentencia es definitiva y obliga al Estado. A partir de ahí empieza a contar el plazo de pago.

Se reclama el pago al Estado

La satisfacción equitativa tiene un plazo de pago, y pasado ese plazo devenga intereses de demora. Se requiere al órgano que corresponda en cada país.

Si no paga, se ejecuta

La sentencia se lleva al procedimiento interno de ejecución contra la administración, con el título europeo como base, y se pide embargo cuando procede.

El dinero entra

Se sigue el pago hasta que la cantidad reconocida llega a tu cuenta, intereses de demora incluidos, y se cierra el expediente con su liquidación.

Qué incluye el encargo

Punto por punto, de qué nos ocupamos.

Antes de ejecutar

  • Verificación de la firmeza
  • Cálculo de la cantidad y los intereses
  • Identificación del órgano pagador
  • Plazos de pago aplicables

La ejecución

  • Requerimiento formal al Estado
  • Procedimiento interno de ejecución
  • Solicitud de embargo cuando procede
  • Seguimiento ante el Comité de Ministros

El cobro

  • Conciliación del importe recibido
  • Liquidación de intereses de demora
  • Cierre documentado del expediente

Cómo trabajamos

Seis compromisos que valen igual para los seis encargos.

  1. Primero te decimos que no

    Si el crédito no es reclamable, lo dices antes de que nadie firme nada. Un expediente que no puede prosperar no le sirve a nadie.

  2. Abogado local en cada país

    La fase interna la lleva quien litiga en ese foro todos los días. La europea la llevamos nosotros, que es siempre la misma.

  3. Quien te lo explica es quien lo lleva

    El expediente no cambia de manos al salir de la reunión. El abogado que te recibe es el que firma los escritos.

  4. Plazos del procedimiento, no estimaciones

    Te damos las fechas que marca la norma, no un cálculo optimista. Cuando un plazo es improrrogable, lo decimos antes de empezar.

  5. Todo por escrito

    Cada fase termina en un documento que puedes llevar a tu comité: el dictamen, el escrito presentado, la resolución.

  6. Nada que no puedas verificar

    Cada afirmación sobre jurisprudencia va con su sentencia y su número de demanda. Puedes comprobarla tú en HUDOC.

¿Listo para dar el paso?

Nuevas sentencias del TEDH están obligando a los Estados a responder. La próxima puede ser la tuya.

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