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Abogado revisa un expediente en su despacho

Evaluación del crédito

Determinar si tu caso puede llegar a Estrasburgo

Comprobamos si dispones de una sentencia firme sin ejecutar contra una entidad pública y valoramos la admisibilidad de la demanda ante el TEDH. Verificamos el agotamiento de los recursos internos, los derechos del Convenio invocables y la viabilidad estratégica del crédito antes de que comprometas recursos.

Abogado revisa un expediente en su despacho

Cómo funciona

Cuatro pasos, y en cada uno sabes qué tienes que aportar y qué hacemos nosotros.

Nos mandas lo que tengas

Facturas, contratos, resoluciones, correspondencia: lo que haya. No hace falta que esté completo, porque parte del trabajo es decirte exactamente qué falta.

Miramos si el crédito se sostiene

Se comprueba la naturaleza del ente deudor, el estado del procedimiento, los plazos vencidos y los vivos, y si queda alguna vía interna por agotar.

Te decimos qué hay

Recibes por escrito si el crédito es reclamable, por qué vía, con qué calendario y qué documentación tienes que reunir antes de empezar.

Decides tú

Con el dictamen en la mano decides si sigues y con quién. No hay compromiso de continuar con nosotros, y el dictamen es tuyo en cualquier caso.

Qué incluye el encargo

Punto por punto, de qué nos ocupamos.

Lo que revisamos

  • Naturaleza y solvencia del ente deudor
  • Estado y firmeza del procedimiento
  • Plazos vencidos y plazos vivos
  • Documentación disponible y la que falta

Lo que recibes

  • Dictamen escrito de reclamabilidad
  • Vía procesal recomendada
  • Calendario estimado por fases
  • Lista de documentos a reunir

Lo que no incluye

  • Presentación de ningún escrito
  • Representación ante ningún tribunal
  • Compromiso de continuidad

Cómo trabajamos

Seis compromisos que valen igual para los seis encargos.

  1. Primero te decimos que no

    Si el crédito no es reclamable, lo dices antes de que nadie firme nada. Un expediente que no puede prosperar no le sirve a nadie.

  2. Abogado local en cada país

    La fase interna la lleva quien litiga en ese foro todos los días. La europea la llevamos nosotros, que es siempre la misma.

  3. Quien te lo explica es quien lo lleva

    El expediente no cambia de manos al salir de la reunión. El abogado que te recibe es el que firma los escritos.

  4. Plazos del procedimiento, no estimaciones

    Te damos las fechas que marca la norma, no un cálculo optimista. Cuando un plazo es improrrogable, lo decimos antes de empezar.

  5. Todo por escrito

    Cada fase termina en un documento que puedes llevar a tu comité: el dictamen, el escrito presentado, la resolución.

  6. Nada que no puedas verificar

    Cada afirmación sobre jurisprudencia va con su sentencia y su número de demanda. Puedes comprobarla tú en HUDOC.

¿Listo para dar el paso?

Nuevas sentencias del TEDH están obligando a los Estados a responder. La próxima puede ser la tuya.

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